![]() |
|
|
|
Información sobre Visas
(tomado de un documento del Departmento de Estado de Estados Unidos) Una visa de los Estados Unidos permite que un ciudadano extranjero viaje a un puerto de entrada de los Estados Unidos y pida admisión a un oficial de Aduanas del Departamento de Homeland Security, Customs and Border Protection (CBP). Desde el 11 de septiembre, las solicitudes de visas están sujetas a un mayor grado de escrutinio que antes. El periodo de tiempo para procesar las solicitudes no se puede predecir y puede variar significativamente entre países y solicitantes. Una planificación temprana es esencial para que el viajero reciba la visa oportunamente y logre viajar de acuerdo a las fechas propuestas para emprender su viaje a los Estados Unidos. Los ciudadanos de los 27 países que participan del Visa Waiver Program que cumplan con los criterios de dicho programa no necesitarán una visa, pero tienen que poseer un pasaporte legible por máquina. Para más información sobre estos requisitos, favor referirse a http://www.travel.state.gov/visa/tempvisitors_novisa_waiver.html. Ciudadanos canadienses no necesitan una visa pero deben visitar http://travel.state.gov/visa/temp/without_1260.html. para más información.
El tipo de visa que el ciudadano extranjero debe tener se define en la ley de inmigración y se relaciona con el propósito del viaje. La sección consular de la Embajada Americana decidirá sobre la elegibilidad de un solicitante particular a base de la ley y según la información y documentación que se le presente al oficial consular. Sin embargo, podemos proveer esta información. Generalmente, excepto en cuanto a ciudadanos canadienses y a aquellos que puedan viajar con el programa de Visa Waiver, cualquier persona que desee asistir a una reunión o conferencia de negocio, profesional, educativa o evento deportivo, que no sea un oficial gubernamental, necesitará una visa de visitante (B1/B2). Los oficiales de gobierno que viajen con propósitos oficiales representando su gobierno nacional necesitarán una visa A o G.
La planificación adelantada por parte del viajero extranjero es crítica. Sugerimos que el viajero extranjero considere lo siguiente cuando planifique su viaje a los Estados Unidos:
Tan pronto contemple viajar a los Estados Unidos, debe verificar si necesita una visa. Si ya tiene visa apropiada para dicho viaje, debe cotejar la fecha de expiración.
Como regla general, si una visa es necesaria, un viajero extranjero debe solicitar su visa lo antes posible, pero generalmente no más tarde de 60 días calendarios antes de la fecha de viaje. Si la conferencia a la cual acudirá es de naturaleza científica, o el solicitante es científico, la solicitud para la visa debe hacerse no más tarde de 90 días antes de la fecha de viaje. Los solicitantes de visas necesitarán concertar una cita para una entrevista como el primer paso a tomar en el proceso. FAVOR NOTAR: En algunas embajadas se necesitará tiempo de planificación adicional al especificado en los criterios antes mencionados debido al tiempo requerido para concertar la cita para la entrevista. Además, el tiempo de espera para la entrevista no incluye el tiempo que requiere el procesamiento administrativo y de visto bueno, el cual, de ser necesario, ocurre luego de la entrevista y en algunos casos puede extenderse más allá del contemplado en las guías generales.
Cómo Solicitar una Visa & Más Información en la Red – El Departamento de Estado recomienda nuestro sitio cibernético en la red, http://travel.state.gov, como el recurso primario para información actualizada sobre visas. Para información sobre visas de visitante vea http://travel.state.gov/visa/temp/types/types_1265.html. Para contactar cualquier sección consular de la Embajada para información sobre procesos adicionales, incluyendo cómo concertar una cita para entrevista, pago de costos, revisar instrucciones locales y mucho más, visite http://usembassy.state.gov. Los solicitantes deben acudir a la Embajada Americana o Consulado Americano en el país de residencia. Si necesita información adicional sobre visas, visite nuestro sitio en http://travel.state.gov./visa/temp/types/types_2664.html para revisar información en la red sobre el Business Visa Center, el cual provee información para negocios y organizaciones relacionadas con las visas de visitas de negocio (B-1).
Concertar Citas de Entrevista – El tiempo de espera específico para información sobre las citas de entrevistas de cada embajada o consulado está ahora disponible en nuestro sitio en la red http://www.travel.state.gov/visa/tempvisitors_wait.php. Debido a que el tiempo de espera varía según la embajada y el momento en el año, sugerimos enfáticamente que los viajeros revisen esta información, la cual se actualiza semanalmente. Los solicitantes deben cotejar los procedimientos establecidos por la Embajada o el Consulado de los Estados Unidos en la red para concertar la entrevista. Los sitios en la red de la Embajada pueden localizarse en http://usembassy.state.gov.
Solicitud de Entrevista con Premura – Si la fecha provista para la entrevista no es suficientemente cercana a la fecha de viaje, el solicitante debe seguir el procedimiento establecido en el sitio en la red, “how to request an expedited (or emergency) appointment” (“cómo solicitar una entrevista expedita o de emergencia”). Las secciones consulares recomiendan que se anote en todas las solicitudes las fechas de viaje y la información de contacto (número local de teléfono del solicitante). Por favor note que la decisión de expeditar una cita de entrevista es discrecional y depende de varios factores, incluyendo la urgencia del viaje y cuáles intereses nacionales estén envueltos. Las secciones consulares revisarán las solicitudes y concederán las entrevistas con premura según la carga de trabajo. Cualquier solicitud de entrevista con premura deberá explicar claramente su importancia (por ejemplo, qué está en juego) para su expedición apresurada.
El Proceso de Visa – Información Importante – Bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), un solicitante debe rebatir la presunción de que él o ella intenta inmigrar. El solicitante debe demostrar, a satisfacción del oficial consular, que él o ella tiene lazos sociales y económicos fuertes con su país de residencia, piensa permanecer por un periodo de tiempo específico y limitado, tiene una residencia fuera de los Estados Unidos, al igual que otros lazos que aseguren su retorno al finalizar su visita. Un solicitante puede someter un resumen de su historial de empleo, experiencia y pericia relacionada con el propósito de su visita, particularmente en aquellos casos en que el solicitante ha sido empleado recientemente o ha tenido pocos años de experiencia en el empleo. Es importante que el solicitante cuente con suficientes fondos para cubrir el costo del viaje completo. Los solicitantes de visas de no-inmigrantes deberán demostrar que cualifican individualmente bajo sus propios méritos bajo las provisiones en la ley, y no basado en las aseveraciones de otros. Favor note que las secciones consulares de las Embajadas en el exterior tienen la responsabilidad única de expedir visas, y generalmente son el primer punto de contacto para el estatus del procesamiento de la visa. El Servicio de Visa en el Departamento de Estado no puede apresurar las citas de entrevistas o el procesamiento de las solicitudes de visas.
|
Copyright © 2008
Caribbean Food Crops Society
Derechos Reservados
Página Web Diseñada por Héctor L. Santiago, Linda Evans, y Mark Trujillo
44ta Reunión
Registro
Programa
Giras
Información
Hotel
Someter Resúmenes
CFCS
______________________________________________________________________________________